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Para el juez Porta, bajar la ley de punibilidad de los menores “no solucionará nada”

El asesinato de Daniel Capristo, de 45 años, a manos de un chico de 14 años, obligó al Gobernador Scioli a volver a opinar al respecto de los menores, “ninguna ley resuelve el problema por sí solo, pero ante delincuentes que están dispuestos a todo, en el Estado de derecho también hay que estar dispuestos a todo. Esto ha puesto de manifiesto lo que yo vengo planteando, la necesidad de dar el debate urgente con el Código Penal Juvenil que incluye la baja en la imputabilidad”, aseguraba el Gobernador Scioli, tras el reciente asesinato de Capristo, ocurrido en Valentín Alsina.
Al respecto, este medio lo volvió a consultar a Darío Porta, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 del Departamento Judicial de Zárate-Campana, para que aporte su opinión ante este nuevo hecho delictivo.
“Vuelvo a repetir lo que vengo sosteniendo durante todo este tiempo, si alguien quiere engañarse aplicando mayores penas y bajando la ley de punibilidad de los menores que lo haga, pero no solucionará nada. Va a pasar lo de siempre, aumenta la presión policial y judicial para tratar de corregir el delito y, por ende, se llenan las cárceles” y relató, “el Ejecutivo que, políticamente, quiso que suceda esto, se da cuenta que tiene que hacer una inversión multimillonaria para mantener el sistema penal, entonces da la contramarcha y comienza a liberar gente. Siempre ha sido así, la ley de excarcelación ha servido para manejar el presupuesto del servicio penitenciario. Cuando la sociedad presiona mucho, mantienen gente presa y cuando se les llena las cárceles, y se ven obligados a realizar una inversión millonaria para sostener y ampliar el sistema, comienzan a liberarla”, opinó Porta.
La única solución que encuentra el titular del Juzgado de Menores, para cambiar esta problemática, es la educación, “hay que hacer un corte generacional en la educación. La escuela y el Estado deben disponer de una buena organización e infraestructura para influir en la educación curricular y no curricular de los chicos, tanto en las materias que son comunes como en las relacionadas con valores y  aprendizajes no curriculares. Habría que aprovechar la escuela pública y colocar dos turnos, uno normal y otro en donde se enseñen valores y, luego, cuando el chico sea más grande, promover materias que tengan que ver con la educación técnica para que cada joven salga preparado y tenga diferentes opciones”, aseguró el titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil.
A su vez, se refirió al rol de la familia, “la situación económica en una familia es un factor, pero no es predominante en la educación de los chicos. La educación del niño empieza de muy temprano y los padres deben dedicar tiempo y esfuerzo en ella. Sin embargo, actualmente entramos en una vorágine en donde los padres tienen solamente derechos y la sociedad tiene solamente derechos pero no estamos advirtiendo en que todos también tenemos obligaciones, y que de los padres debe haber un férreo compromiso en la educación de los menores”, expresó el Juez Porta.
Punibilidad desde los 10 años
En tren de aclarar qué es la punibilidad y la situación de los menores, el Juez del Departamento Judicial aclaró que, en realidad, todos los menores mayores a los 10 años se los somete a un proceso para comprobar que cometieron algún ilícito.
“Conforme a los pactos internacionales y a nuestra ley, se tiene que hablar de punibilidad y no de imputabilidad. Los menores mayores a 10 años son no punibles, es decir que el Estado no les aplica penas como las concebidas por el Código Penal. La no punibilidad es una dispensa, un perdón, sin embargo no es lo mismo dispensar a una persona que declararla inocente y, para saber si un menor ha cometido un ilícito, se lo somete a un breve proceso judicial, con las mismas garantías que poseen los adultos. Por ejemplo, en caso de que se compruebe que un menor ha violado alguna norma, se pueden tomar dos caminos, realizar una medida internativa o convocar a la familia para que se lo contenga a ese menor”, explicó el juez.
El hecho de someter a un proceso, con las garantías que tienen  los adultos, a los menores no punibles, según Porta, ya se viene realizando desde hace ya 7 u 8 años.
“A un chico no punible de 13, 14 o 15 años es muy poco lo que podemos hacer, lo único es aplicar algún tipo de mecanismo internativo para producir un shock en la familia y que se comiencen a ocupar de ese chico”, concluyó el titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana.