Inicio Actualidad “Quien no fuma no tiene por qué soportar el tabaco ajeno”

“Quien no fuma no tiene por qué soportar el tabaco ajeno”

Aunque el Ministerio de Salud bonaerense informó que recién esta semana se realizarían inspecciones en salas de juego para que hacer cumplir la Ley Antitabaco, el responsable de la cartera municipal de Inspección General, Federico Sauter indicó, que en el orden local los controles se vienen desarrollando con buenos resultados.
Tras la entrada en vigencia de la ley (N° 14.381) que amplía la prohibición de fumar en bingos, casinos y espacios comerciales cerrados, el Ministerio quedó facultado para realizar los controles de tabaco y las inspecciones antitabaco serán realizadas por la Dirección de Fiscalización Sanitaria, que trabajará en conjunto con los inspectores de la Subsecretaría de Adicciones para realizar operativos de control tanto del expendio de alcohol y nocturnidad como el cumplimiento de la Ley antitabáquica.
Sauter indicó que con la vigencia de esta normativa, el bingo de Zárate debe adherir a la norma y hacerla cumplir para evitar sanciones.
“Hasta no hace mucho tiempo el bingo de Zárate tenía una exención a la Ley Antitabaco, pero ahora se encuentra dentro del marco legal que establece la prohibición absoluta de fumar dentro del local, ya fue notificado y se realizan controles como en todos los otros lugares con acceso público”, señaló Sauter.
El funcionario expresó que la misma gente, no fumadora, reclamó la aplicación de la ley en la sala de juego local. “Hemos tenido solicitudes de mismos concurrentes del Bingo porque no fuma y no tiene por qué soportar el tabaco ajeno”, manifestó, “se va a hacer cumplir y se aplicarán las disposiciones comprendidas dentro de la normativa”.
El mes pasado Gobierno bonaerense promulgó la ley que prohíbe fumar en bingos y locales gastronómicos, eliminado así las excepciones de las que gozaban estos comercios desde hace cuatro años cuando se sancionó la Ley Antitabaco.
La norma prohíbe el consumo de tabaco “en todos los espacios cerrados dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos de la Constitución, Entes Descentralizados y Autárquicos, tengan o no atención al público”.
La ley adopta la misma medida para los medios de transporte de pasajeros cualquiera sea su tipo y distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción provincial, como así también en los espacios cerrados de acceso al público del ámbito privado “para el total resguardo de la salud del tercero no fumador”.