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El Padre Medina habló sobre el don de la Indulgencia plenaria

El padre Mario Medina en la puerta del templo.

El Pbro. Mario Medina, párroco de Nuestra Señora del Carmen se refirió ayer a la declaración como Iglesia Jubilar este templo que hiciera el Obispo de la Diócesis Monseñor Pedro Laxague, en el marco del Jubileo Extraordinario de la Misericordia dispuesto para el 2016 por Bula papal “Misericordia Vultus”, dada por el Papa Francisco a “efectos de celebrar el amor que Dios nos tiene y comprometernos a vivir misericordiosamente con nuestros hermanos”.
El padre Medina explicó que el Papa Francisco autoriza a los obispos de todas las diócesis a hacer esta declaración que es una gracia para todos los fieles, y que en vista a la declaración de Iglesia Jubilar la entrada principal del templo de Nuestra Señora del Carmen, queda instituida como “Puerta Santa” a los fines de alcanzar el don de la Indulgencia plenaria. La indulgencia plenaria es el perdón de la pena temporal merecida por nuestros pecados que se otorga por un día a un fiel o a los difuntos invocados por todos sus pecados. “Dios perdona porque es misericordioso pero el pecado es una deuda o pena temporal que se cumple en el Purgatorio, la indulgencia es una gracia para que se pueda gozar de la vida eterna junto a Dios”. Para obtener la indulgencia se deben cumplir los requisitos correspondientes que son: “Realizar la visita con espíritu de peregrino, reflexionando sobre la misericordia. Buscar el perdón de Dios en el Sacramento de la Reconciliación. Participar de la Eucaristía. Rezar el credo durante la visita. Pedir por el Papa y por las intenciones que lleva en su corazón por el bien de la Iglesia y de todo el mundo, rezando un Padrenuestro, Ave María y Gloria. Comprometerse a ejercitar obras de misericordia”.
El «Código de derecho canónico» (c. 992) y el «Catecismo de la Iglesia católica» (n. 1471), definen así la indulgencia: «La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».

LA PUESTA EN VALOR DEL TEMPLO

A propósito de esta declaración de Templo Jubilar, preguntamos al padre Medina sobre las obras de puesta en valor del templo que dada su antigüedad y de ser monumento histórico, requiere su recuperación de acuerdo a su estado original.
El párroco señaló que con fondos que tenía la parroquia se realizó una importante inversión en un sistema antihumedad alemán (water tech) porque la construcción tenía graves problemas de humedad en los cimientos que era necesario solucionar para emprender la tarea de la restauración. Esta llevará tiempo porque se requieren fondos importantes para las obras dentro y fuera del templo, y de especialistas en trabajos de restauración, ya que no es solo cuestión de pintura, sino de poner en valor un edificio que es patrimonio histórico de la comunidad.

 

El padre Mario Medina en la puerta del templo.
El padre Mario Medina en la puerta del templo.