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El Municipio elaboró un proyecto para regular la instalación de antenas

Antena que había sido instalada en la plaza de Bº Reysol el año pasado.

El Ejecutivo municipal ingresó en el Concejo Deliberante un proyecto para actualizar la actual ordenanza que rige la instalación de antenas, que data del 2005.
La instalación de antenas de telefonía en nuestra ciudad fue materia de diversos conflictos vecinales en los últimos años que empujaron a los propios concejales a plantear una postura política en la materia. Sin embargo los ediles no profundizaron en el tema sino que lo hizo el Municipio, tras un relevamiento efectuado en la ciudad.
La Ordenanza 3537 del 2005 prohíbe la instalación de todo tipo de torres, monopostes y/o mástiles para antenas de telefonía fija y telefonía celular en todas las zonas que integran las Áreas Urbanas de Zárate y Lima, delimitadas en el Código de Planeamiento del Partido de Zárate. Además, la norma establece que el predio donde se emplace la instalación de la antena debe tener como mínimo una superficie de 7.500 metros cuadrados y no podrán existir, dentro del mismo, construcciones destinadas al uso de vivienda de tipo familiar, o destinadas algún tipo de explotación comercial relacionada con atención al público de uso transitorio o permanente. Esta ordenanza buscaba “garantizar las condiciones de seguridad de las estructuras y de las construcciones y habitantes linderos a ellas” ante el peligro de que estas antenas se derrumben, dado que todavía no está comprobado el perjuicio que podrían ocasionar en la salud de la población. Sin embargo no reglamenta sobre su uso y teniendo en cuenta las características del servicio.
Ahora el Ejecutivo busca cubrir este “vacío legal” y aggiornarse a los pedidos de las empresas que buscan optimizar el servicio. Además adhiere a la legislación provincial que sí estipula la colocación de este tipo de equipamiento en áreas urbanas.
“El objeto de la presente ordenanza es unificar, sistematizar y actualizar las diversas normas referidas a la instalación y mantenimiento de las antenas de radiocomunicaciones y de sus estructuras asociadas ubicadas dentro de la jurisdicción municipal, la que deberán encuadrarse dentro de la presente y alcances en ella determinadas por el resolución Nº 87/13 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS)”, aclara el artículo Nº 1 de la ordenanza mencionada, actualmente girada a las comisiones de Bienestar Social, Legislación e Interpretación y Obras Públicas.
De parte del Municipio pocas veces se pudo controlar y siempre fueron vecinos los denunciantes de nuevas antenas que se instalan clandestinamente. De hecho aún hoy Medio Ambiente municipal no presentó el relevamiento desarrollado en los últimos meses en relación a este tema. Este tema también tuvo su lugar en el discurso de apertura de sesiones del intendente Cáffaro, y dentro de los anuncios para este año en materia de “Ambiente y Desarrollo Sostenible”; prometió realizar un relevamiento y mediciones de radiación de las antenas de telefonía móvil e implementar nueva ordenanza acorde a la legislación nacional y provincial; algo que finalmente se concretó en la pasada sesión.

LA ORDENANZA

El borrador ingresado por el Ejecutivo, y que podrá ser modificado por el cuerpo de ediles, detalla que las estructuras existentes sobre suelo urbano no podrán exceder los 45 metros de altura, “a excepción de emplazamientos compartidos, en los que se podrá habilitar a 50 metros. Estas alturas podrán ser mayores ante un pedido de excepción debidamente fundamentado y aprobada por el municipio”, explica el borrador de la ordenanza.
“El departamento Ejecutivo podrá emitir excepciones a las alturas aquí establecidas para Operadores de Servicio de Radiocomunicación y/o Comunicaciones Móviles, cuando la instalación se encuentre coubicada sobre una estructura soporte de antena afectada a la prestación de telefonía básica y que hubiera estado instalada previamente a la sanción de la presente ordenanza”, agrega. Además aclara que las nuevas estructuras sobre suelo urbano no excederán los 30 metros de altura, a excepción de emplazamientos compartidos o por razones técnicas debidamente fundadas y aprobadas por la municipalidad, en los que se podrá ampliar a 36 metros.
“En plazas, plazoletas, parques urbanos, avenidas (según sus dimensiones) se permitirá la instalación de antenas sobre columnas de iluminación hasta una altura total de 35 metros desde el nivel 0.00. El equipamiento correspondiente a la antena se instalará de manera de mimetizarse con el entorno urbano. La factibilidad de localización de la antena se otorgará conjuntamente con un convenio urbanístico que se suscribirá con el interesado el cual contendrá en su objeto la realización de obras vinculadas con el interés público en el sector en el cual se localiza la estructura soporte de antena. Y en las áreas rurales el único límite estará impuesto por las restricciones de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC)”, concluye la ordenanza en el apartado que habla sobre las alturas y las medidas de seguridad estipuladas a nivel provincial por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).

Antena que había sido instalada en la plaza de Bº Reysol el año pasado.
Antena que había sido instalada en la plaza de Bº Reysol el año pasado.