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El proyecto de ley de alcohol cero al volante logró la media sanción

La Cámara de senadores de la provincia de Buenos Aires aprobó este jueves el proyecto de alcohol cero en sangre para los conductores de vehículos. Las penas van desde multas hasta arresto, retención de la licencia e inhabilitación.
La iniciativa fue enviada por el Poder Ejecutivo bonaerense, encabezado por Axel Kicillof, junto con el ministro de Transporte Jorge D’onofrio.
El proyecto que ayer fue girado a la Cámara de Diputados bonaerense prevé la incorporación y modificación de artículos de la Ley Nº 13.927 del Código de Tránsito para establecer la prohibición de conducir a quienes hayan bebido alcohol.
El nivel de alcohol permitido con la legislación actual es de 0,5 gramos por litros de alcohol en sangre. En caso de aprobarse la nueva norma, las personas no podrán manejar con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol.
“En nuestros hospitales ingresan un montón de heridos productos de accidentes que se podrían evitar; uno de cada cuatro tiene presente el consumo de alcohol, y muchos son jóvenes”, expresó en su exposición la vicepresidenta de la Comisión de Transporte, la senadora del Frente de Todos, Sofía Vannelli, quien además sostuvo que “la seguridad vial a partir de hoy da un puntapié muy grande porque arranca una construcción muy fuerte, con un estado presente y con un rol fiscalizador de la mano de los municipios”.
fondo para municipios
El amplio consenso logrado, tuvo como clave la incorporación de otros aportes a la norma planteados en proyectos alternativos presentados por los legisladores José Luis Pallares (Frente de Todos), Claudia Rucci y Lorena Petrovich (Juntos).
Uno de los puntos que facilitaron los entendimientos entre los diferentes bloques y que allanó el camino para su sanción, fue la incorporación de un fondo para que los 135 distritos bonaerenses puedan aplicar la norma en sus territorios. Esos recursos, serán distribuidos bajo el sistema del Coeficiente Único de Distribución (CUD).
El artículo 7 de la normativa, establece la creación del Fondo para el Financiamiento de Prevención, Capacitación y Control. Busca dotar a los municipios de “una fuente de financiamiento genuina que garantice el efectivo cumplimiento de la ley y el eventual juzgamiento de las infracciones”.
El Fondo será administrado por el Poder Ejecutivo provincial y estará integrado por los recursos que anualmente se asignen por la ley de presupuesto y los ingresos que provengan de legados o donaciones aceptados.
La asignación de los recursos de este Fondo se realizará a través del CUD.
USO DE DROGAS
También se impide manejar a quienes “hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la Autoridad de aplicación, con intervención del Ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir”.
LAS PENAS
La nueva ley cuenta con muchas probabilidades de ser aprobada ya que tiene el visto bueno de la oposición y solo resta la votación en la Cámara de Diputados provincial.
Las penalidades en caso de infracción abarcarán desde arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre.
En caso de alcanzar los 0,49 litros de alcohol en sangre, la licencia de conducir será retenida por tres meses. Si el usuario llega a la medida de 1,5 litros el plazo se extenderá a los 18 meses.
Los infractores también deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.
La siniestralidad vial es la primera causa de muerte en personas menores de 35 años y el alcohol está presente en 1 de cada 4 siniestros viales.