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Baez Sosa, el juicio: Un largo camino para llegar a una sentencia definitiva

En el caso del asesinato de Fernando Baéz Sosa, cuyo juicio fue llevado adelante por los jueces del Tribunal Oral N° 1, de Dolores entre el 2 y el 25 de enero pasado, se dictará el veredicto el 6 de febrero a las 13. Un veredicto que puede ser condenatorio o absolutorio.

El tribunal presidido por la Dra. María Claudia Castro  deberá expresar entonces si los  ocho acusados son culpables o inocentes del hecho por el que fueron sometidos a juicio. También se fijará el monto de la pena y la calificación legal por la que, eventualmente, fueron condenados.

 Los pasos a seguir después de un veredicto

Si este veredicto fuera condenatorio, los magistrados podrían diferir la lectura de los fundamentos de dicha resolución. El plazo para que las partes conozcan esos fundamentos se puede extender a un mes, el tiempo que necesitan los magistrados para redactar la sentencia por la pluralidad de acusados y la complejidad del caso.

Desde el momento en que el abogado Hugo Tomei, defensor de los ocho acusados; los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García y los letrados que representan a los padres de la víctima, Fernando Burlando, Fabián y Facundo Améndoal, reciban los fundamentos de la sentencia, comienzan a aplicarse plazos perentorios.

LA APELACION DE LA SENTENCIA

Transcurridos veinte días desde que las partes recibieron los fundamentos de la sentencia, deben presentar el recurso contra la resolución del Tribunal Oral N° 1. Si cualquiera de los abogados o fiscales no cumple con ese plazo no hay posibilidades de apelar la sentencia.

La necesidad de los abogados o de la fiscalía de conocer los fundamentos de la resolución que dicten los jueces del Tribunal Oral N° 1 de Dolores se debe a que tienen que saber con qué pruebas fueron condenados o absueltos los acusados, determinar si la sentencia es lógica o carece del principio de congruencia, si es arbitraria o se ajusta al derecho, o si los elementos de cargo que tuvieron en cuenta los magistrados para fundar una eventual condena fueran falsos, forzados u objeto de una mala aplicación de la sana crítica.

Al revisar los fundamentos, el defensor deberá evaluar si la sentencia tuvo alguna nulidad provocada supuestamente porque se habrían vulnerado los derechos de los acusados en el proceso.

Una vez que el abogado defensor de Ciro, Luciano y Lucas Pertossi, Blas Cinalli, Máximo Thomsen, Ayrton Viollaz, Enzo Comelli y Matías Benicelli, presente los recursos ante la Cámara de Casación penal, los plazos desaparecen y el expediente entraría en un laberinto judicial sin tiempos.

Si bien la ley marca la necesidad de que los tribunales de alzada, como la Cámara de Casación Penal provincial resuelva los planteos en plazos razonables, en la práctica dicho tribunal demora más de dos años para revisar una sentencia, debido a la cantidad de expedientes.

Después que Casación revise el planteo y, eventualmente, confirmen el veredicto del Tribunal Oral N° 1 de Dolores, el defensor podrá presentar un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense. En esta instancia tampoco hay plazos.

Ante otro rechazo, al defensor le queda otra instancia: presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Primero, el máximo tribunal de nuestro país, deberá decidir si la queja corresponde ser aceptada y, en caso de que se considere que es procedente, se abrirá al análisis de los ministros de la Corte. Y, en este caso, no existen plazos.

No obstante, no todos los recursos de queja son declarados procedentes por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para que un recurso de esta naturaleza sea aceptado debe corresponder a un caso en el que existiera una evidente violación de las garantías constitucionales que vulneró el derecho a defensa de los imputados.