LA VOZ tuvo conocimiento días atrás de la multa que le fue notificada a una lectora, de una infracción cometida por su auto QUE LE HABIA SIDO ROBADO MESES ANTES, Y QUE ESTABA CIRCULANDO EN LA LOCALIDAD DE SAN NICOLAS.
Por supuesto que la justicia -ante la que se denunció el hecho- no lo sabía. El Estado ineficiente en investigar el ilícito no lo fue a la hora de pretender cobrar una multa de tránsito. Y como Ese, sobran ejemplos.
A cualquiera le puede haber pasado que al renovar el registro o intentar vender su auto, le aparece una multa por haber pasado años atrás por el municipio de Chañar Ladeado, por ej. u otra localidad en la que los intendentes tienen criterios propios para aplicar las normas de tránsito y multan al vehículo que no disminuyó de 100 a 30 km, en 5 metros. Maniobra digna de Colapinto, que además no está preavisa por ningún cartel.
Tampoco los criterios de prescripción y caducidad de las multas son los mismos en las distintas jurisdicciones.
A todo esto pareciera quererle poner punto final un proyecto que ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación, por el que se pretende declarar la emergencia vial ya que tantas multas e infracciones que se realizan no lograron disminuir las 4403 personas que fallecieron en accidentes de tránsito. Las multas, señores, entonces fueron para recaudar. Ni más ni menos.
El proyecto presentado tendría carácter de orden público y aplicación nacional, para unificar los criterios entre las jurisdicciones y evitar las “sorpresas” que llegan a los domicilios de incautos conductores que, habiendo circulado mirando las bellezas de nuestro interior se topan con cartas de estudios jurídicos que representan a ignotas municipalidades que reclaman por incomprobables infracciones supuestamente cometidas en sus calles o rutas: como si el estado de las mismas fuera el mismo que las de Nueva York.
Así, por ejemplo, la prescripción de multas sería “al año para la acción por falta leve” y “a los dos años para la acción por falta grave y para sanciones” y que “La autoridad competente deberá eliminar automáticamente la sanción del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Re.N.A.T.) [una vez] transcurrido el tiempo establecido”, refiere el proyecto.
Asimismo, un tema de no poca preocupación son los radares, tanto los móviles o estáticos y vaya si los sufrirán quienes circulan por la ruta 14, que a pesar de la conocida presencia de la policía entrerriana en dicha vía de comunicación y de esos adminículos ubicados en camionetitas al costado de la ruta a la pesca de chorlitos, de nada ha servido para que deje de llamarse la ruta de la muerte.
Por ello, este proyecto prevé también la declaración de nulidad a “las infracciones que sean detectadas a través de un sistema automático de control cuando no se encuentre debidamente señalizado y/o el acta no contenga todos los datos específicos de la infracción registrada”.
Además, lo que se busca es cambiar el funcionamiento de las fotomultas.
Es de preguntarse, que utilidad puede tener en un presunto infractor pagar una multa, captada por una fotomulta a los dos o tres años de cometido el hecho? Es absolutamente ridículo si la finalidad perseguida es la cultura vial.
Sería de esperar que el Congreso Nacional se dedique a sancionar esta norma, que pondría fin a la caja fácil que significa que quienes ignoran que cometieron infracciones, tengan que pagar importantes sumas de dinero a administraciones que -por su parte- no hicieron nada para impedir que se cometieran.











