En un contexto nacional en lo económico que se traduce en que NO HAY PLATA, a lo que se suma que el presupuesto provincial fue presentado recién hoy, el intendente Matzkin ingresó la semana pasada las ordenanzas fiscal e impositiva que van a regir lo que los vecinos y las empresas deberán abonar en concepto de tasas y contribuciones.
El intendente había deslizado que estaba esperando enviar el presupuesto municipal al Concejo Deliberante un vez que lo hiciera el Gobernador. Era razonable. De esa forma se sabía de antemano con qué recursos contaría el Partido de Zárate en concepto de coparticipación. No obstante -el presupuesto provincial ingresó hoy- y las ordenanzas fiscal e impositiva ingresaron al HCD la semana pasada. El presupuesto, seguramente será más adelante.
Las ordenanzas que se encuentran en las comisiones correspondientes del Concejo Deliberante, a estudio de los concejales contemplan cambios en el sistema de cálculo de las tasas y contribuciones que deberemos abonar las empresas y vecinos del Partido. Como es de esperar, los cambios propuestos implicarán un considerable aumento en los importes.
La tasa que paga un vecino y que actualmente contempla varios servicios, se desdoblará en Alumbrado y Servicios generales. La primera tendrá relación con el importe que abone el vecino por su consumo de luz eléctrica.
Los cambios propuestos atienden a la necesidad de solventar los gastos del Municipio, en el que se desconoce si hubo recorte de algún gasto, porcarecerse de presupuesto aprobado. Ello no fue óbice para estudiar un aumento en las tasas. Igualmente, no puede ignorarse la imperiosa necesidad del municipio de hacerse de fondos para atender el costo del contrato de la basura.
Resta saber en lo que viene la opinión de los integrantes de la Asamblea de Grandes Contribuyentes.
Cambio sustancial: se modifica la base de cálculo
Alumbrado: la base será el consumo eléctrico de la vivienda
El resto de la tasa será por valuación fiscal de la vivienda

Nueva ordenanza impositiva – tasas por las que se legisla
CAPÍTULO I- TASA POR SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO
CAPÍTULO II- TASA POR SERVICIOS GENERALES DE ALCANCE INDIVIDUAL Y/O GENERAL
CAPÍTULO III- TASA POR SERVICIOS ESPECIALES DE LIMPIEZA E HIGIENE
CAPÍTULO IV- TASA POR HABILITACIÓN TARDÍA DE COMERCIOS E INDUSTRIAS
CAPÍTULO V- TASA POR INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE
CAPÍTULO VI- DERECHOS POR VENTA AMBULANTE
CAPÍTULO VII- DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN POR PRESENTACIÓN TARDÍA, TRABAJOS REALIZADOS EN CALLES, CALZADAS, INSPECCIÓN Y APERTURA DE LA VÍA PÚBLICA, DELINEACIÓN Y NIVELES, CONSTRUCCIONES EN EL CEMENTERIO.
CAPÍTULO VIII- DERECHO DE USO DEPENDENCIAS O INSTALACIONES MUNICIPALES
CAPÍTULO IX- DERECHOS DE OCUPACIÓN O USO DE ESPACIOS PÚBLICOS
CAPÍTULO X- DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE CANTERAS, ETC
CAPÍTULO XI- PATENTES DE RODADOS
CAPÍTULO XII- DERECHOS DE CEMENTERIO
CAPÍTULO XIII- TASA POR SERVICIOS ASISTENCIALES Y SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA ORGANIZADA
CAPÍTULO XIV- TASAS POR SERVICIOS SANITARIOS
CAPÍTULO XV- TASA DE CARGAS
CAPÍTULO XVI- TASAS POR EL EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS SOPORTE DE ANTENAS
CAPÍTULO XVII- TASA AMBIENTAL
CAPÍTULO XVIII- CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
CAPÍTULO XIX- CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO URBANÍSTICO
CAPÍTULO XX- TASA POR VUELCO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Cálculo aproximado del aumento
Con relación al Capítulo I, la novedad es que la Tasa por Servicio de Alumbrado Público comenzará a abonarse en relación al valor neto del consumo eléctrico, con un mínimo de veinte (20) módulos fiscales mensuales.
Por lo que en zona céntrica, un contribuyente que paga aproximadamente $ 70.000 de luz abonará $ 9000 SOLAMENTE POR ALUMBRADO PÚBLICO. Hasta el momento, la Tasa de alumbrado e Higiene Urbana tiene un costo cercano a los $ 9000.- pero incluyendo la Tasa por Alumbrado Público e Higiene Urbana, Tasa de Servicios Sanitarios, Tasa de prevención y Control, las que a partir de ahora serán liquidadas para cobrar CADA UNA EN FORMA SEPARADA.









