En septiembre del año pasado el Juzgado de Faltas Nº 1 de nuestra ciudad, a cargo del doctor Eduardo Gilmore, resolvió desmantelar y retirar la antena de telefonía móvil, instalada por la empresa Movistar en una vivienda de calle Pueyrredón 1412, en Villa Massoni.
La resolución del juez aclaraba que violaba las distintas ordenanzas municipales y el Código de Planeamiento Urbano vigente.
Dicho desmantelamiento se debía realizar por la empresa que la había colocado. No obstante, y en el caso de que la empresa Movistar no lo hiciese, el Ejecutivo municipal era quien debía llevar a cabo tal tarea.
Como era de esperar, Movistar no acató la orden del juez, entonces le corresponde al Ejecutivo, dado que tiene el poder de policía, de retirar la antena. Sin embargo, desde septiembre del año pasado hasta el día de hoy no ha pasado nada y la situación no ha variado.
“Se nos han dado miles de argumentos pero la antena sigue en el mismo lugar y funcionando. El municipio sigue con su actitud pasiva dado que jamás se ocupó de retirarla, tal cual reza la resolución del juez”, explicaron los vecinos en un comunicado.
“Aquí no se reclama una cuestión de dinero sino que se está luchando por el bien común, por la salud de todos los vecinos ante esta amenaza que es la antena. Hay una sentencia de un juez y no entendemos por qué el municipio no la acata”, agregaron los frentistas de calle Pueyrredón.
La antena está ubicada en Pueyrredón 1412, en la casa de un vecino particular. No está al descubierto sino que está tapada y sobre la punta tiene una entrada de aire, con lo cual no se logra ver a simple vista desde la calle.
“Por todo esto pedimos de forma urgente al Intendente municipal que tome las medidas necesarias para que de una vez por todas se lleve a cabo el desmantelamiento y retiro de esta antena de telefonía móvil ilegalmente emplazada”, concluye el comunicado.
La ordenanza
En la actualidad, la única legislación vigente es la Ordenanza Nº 3537, que reza; “se prohíbe la instalación de todo tipo de torres, monopostes y/o mástiles para antenas de telefonía fija y telefonía celular en todas las zonas que integran las Áreas Urbanas de Zárate y Lima, delimitadas en el Código de Planeamiento del Partido de Zárate. Tampoco se autoriza su instalación en las Áreas Complementarias de Zárate y Lima. Solo se admite en esta Área la instalación en las zonas especificadas en el Artículo 2º de la presente Ordenanza. Artículo 2: A partir de la fecha en vigencia de la presente (abril del 2005), la instalación de todo tipo de torres, monopostes y/o mástiles para antenas de estaciones telefonía fija y telefonía celular deberá realizarse en todas las zonas incluidas en el Área Rural del Partido de Zárate, en la Zona Industrial, Zona de Banda de Circulación correspondiente a la Ruta Nacional Nº 9, incluida en el Área Complementaria de la ciudad de Zárate. El predio donde se emplace la instalación debe tener como mínimo una superficie de 7.500 metros cuadrados y no podrán existir dentro del mismo construcciones destinadas al uso de vivienda de tipo familiar, o destinadas algún tipo de explotación comercial relacionada con atención al público de uso transitorio o permanente”, expresa esta ordenanza que se basa en “garantizar las condiciones de seguridad de las estructuras y de las construcciones y habitantes linderos a ellas; y en hacer un uso inteligente de la telefonía móvil”.
Citando dicha normativa, el juez Gilmore falló a favor de los frentistas de la cuadra que buscan, ahora, que el Ejecutivo retire la antena.









