Inicio Actualidad Terrenos baldíos: los limpiarán “de oficio”y luego se lo cargarán al propietario

Terrenos baldíos: los limpiarán “de oficio”y luego se lo cargarán al propietario

El Decreto Nº178/25 es una respuesta municipal a la desidia de muchos vecinos quienes dejan sus terrenos baldíos sin mantenimiento, con pastizales y permitiendo que sea un predio de disposición de residuos.
Es así, hay terrenos que se encuentran en un litigio judicial, con posesión precaria y sin uso. A raíz de tal situación es que el municipio se ampara en la ordenanza 2461 para obligar a los propietarios a limpiarlos o, llegado el caso, ser el propio municipio quien haga los trabajos de “desmalezado, corte de yuyos y limpieza de veredas y terrenos en las zonas urbanas de Zárate y Lima”.
Lo que aprobó el municipio es un procedimiento mediante el cual tramitarán aquellos reclamos o constataciones de oficio para la limpieza de inmuebles en estado de abandono, baldíos o abandonados, que afecten actual o potencialmente a la higiene y salubridad pública, de acuerdo a la Ordenanza 2461.
Por lo tanto, los reclamos de los particulares se recibirán, o direccionaran, a la subsecretaría de Atención al Vecino, los que ingresarán por correo electrónico, o por mensajería de WhatsApp, o se iniciará de oficio y se dirigirá a dicha área.
La subsecretaría de Atención al Vecino ordenará una inspección, cuya labor se plasmará en un acta que contendrá la descripción del estado del inmueble. Producida la constatación, si a criterio de la Subsecretaría de Atención al Vecino se considera que el estado del inmueble afecta o puede verosímilmente afectar la higiene y/o salubridad públicas, se recabarán los informes de dominio del Departamento de Catastro, y los datos de la cuenta de contribuyente de la Dirección General de Ingresos Públicos. Si producida la constatación, a criterio de la Subsecretaría de Atención al Vecino se considera que el estado de inmueble no atenta contra la higiene y/o salubridad públicas, dispondrá el archivo del reclamo, comunicando al peticionante dicha circunstancia.
De considerarse la existencia de afectación actual o potencial de la higiene y salubridad públicas, se dará de alta a un expediente administrativo y se remitirán las actuaciones a la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos para ejecutar la limpieza.
Finalmente, ya ejecutadas las tareas de limpieza por orden de la Municipalidad, se realizará el cálculo de metros cuadrados limpiados y se remitirán las actuaciones a la Secretaría de Economía para que proceda a la liquidación del tributo, y procure su cobro al propietario.