En un reciente fallo, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad previsional establecida por la Ley 27.609, vigente entre 2021 y 2024. El caso, “Giménez, Mirta Noemí c/ ANSES s/ Reajustes Varios”, podría marcar un punto de inflexión en los reclamos judiciales iniciados por miles de jubilados en los últimos años.
La sentencia sostuvo que la fórmula aplicada —que combinaba la recaudación impositiva y los salarios— no logró proteger el poder adquisitivo de los haberes previsionales frente a la inflación, provocando una pérdida real acumulada de más del 50% para los adultos mayores que no percibieron los bonos de refuerzo.
El tribunal entendió que la falta de actualización real de los haberes lesionó garantías fundamentales como la movilidad jubilatoria, el derecho de propiedad y el principio de igualdad consagrados en la Constitución Nacional y en tratados vinternacionales de derechos humanos.
En consecuencia, ordenó que, para este caso, la actualización del haber se realice según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, siempre que sea más beneficioso que la fórmula anterior. También dispuso la aplicación de intereses a tasa pasiva promedio del Banco Central y confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre los montos retroactivos.
El fallo destaca que el propio Poder Ejecutivo reconoció, al dictar el Decreto 274/2024, que la fórmula derogada produjo “resultados desastrosos” para los jubilados y pensionados, al no contemplar adecuadamente el impacto inflacionario.
La fórmula de la ley 27.609, cabe recordar, rigió entre 2021 y marzo de 2024. Actualmente, el Gobierno Nacional la ha reemplazado, a través del dictado de DNUs, por los reajustes mensuales regidos por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que han arrojado resultados más alineados con la inflación medida por el INDEC.
¿Qué implica este fallo para quienes
tienen trámites en curso?
La decisión refuerza los argumentos de quienes iniciaron demandas de reajuste en los últimos años, sobre todo para jubilados de haberes medios y altos que no recibieron los bonos compensatorios. Abre la puerta a que otros tribunales sigan este criterio y permite fortalecer los planteos de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 en los juicios de reajuste en trámite.
A medida que se acumulen pronunciamientos similares, se perfila una posible redefinición del estándar de actualización de los haberes previsionales en Argentina, en defensa de los derechos adquiridos por los adultos mayores.
Conclusión
Los jubilados “quedaron atrapados” en fórmulas de ajuste ineficaces. Hubo un reconocimiento oficial del problema, pero sin reparación retroactiva. AHORA la Justicia empieza a trazar caminos de recomposición.
Dra. María Laura Chouhy
Abogada.
Estudio Jurídico Chouhy & Asoc.
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