A pesar de que el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 1 de Campana condenó a Amelia Itatí Lezcano a la pena de prisión perpetua, la mujer continuaba en libertad a la espera de la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial Zárate Campana.
Los abogados defensores Horacio Daniel Paglia y Rosa Elisa Sangregorio habían presentado una apelación respecto de la determinación tomada por los jueces de primera instancia, los Dres. Guillermo Miguel Guehenneuf, Federico Daniel Martinengo y Gustavo Gabriel Pérez, pero los magistrados que componen la Cámara de Apelaciones decidieron no hacer lugar al recurso de apelación y finalmente se dispuso la detención de Lezcano, quien fue aprehendida en la ciudad de Goya, en Corrientes, y luego trasladada hacia la sede de la Dirección Departamental de Investigaciones de Zárate Campana, donde se encuentra alojada como paso previo a su destino final que será una unidad penitenciaria.
En el mes de junio pasado, los jueces del TOC 1 decidieron declarar culpables y condenar a la pena de prisión perpetua a Carlos Entivero y Amelia Itatí Lezcano, por el delito de “Homicidio doblemente agravado, por tratarse la víctima una persona con quien el autor mantenía una relación de pareja conviviente, y por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (art. 80 inc. 1 y 11 del CP)”.
Según pudo probar el fiscal de juicio, Dr. Alberto Gutierres, quien también estuvo a cargo de la instrucción de la causa, entre el 2 y el 7 de agosto de 2019, en el interior de la vivienda ubicada en calle 60 número 206 de Lima, Entivero y Lezcano, actuando en coautoría criminal produjeron la muerte de Stella Maris Ramirez.
En aquellas circunstancias y mediando un contexto de violencia de género, Entivero le profirió gritos y propinó golpes a su víctima, empujándola contra la pared medianera y efectuándole golpes en otras partes del cuerpo.
En esos días, mientras Stella Maris aún se encontraba viva, arribó a la vivienda Amelia Itatí Lezcano quien, conjuntamente con Entivero custodiaron a la víctima a fin de impedir que terceras personas le pudieran prestar auxilio con el objeto de lograr su muerte, para luego trasladarla fuera de la casa procediendo a limpiar los rastros que dejó el suceso, a los fines de deshacerse de pruebas como el teléfono celular, prendas de la joven, así como también lavaron sus propias vestimentas, las cuales tenían rastros de la víctima.










