El Juzgado Federal de Campana decretó la suspensión de la medida del gobierno nacional, que prohibía que los intendentes cobren tasas municipales en forma conjunta y en las boletas de los servicios públicos. Si bien esta medida cautelar tiene efecto en el Partido de Pilar, que fue el municipio que recurrió la medida del gobierno del Presidente Milei, augura una catarata de presentaciones para obtener el mismo pronunciamiento.
De todas maneras cabe destacar que no se trata de una sentencia, sino una suspensión hasta tanto el Gobierno Nacional presente un informe en el expediente, que la ley tiene previsto para este tipo de procesos y teniéndolo a la vista el juez dictará luego resolución.
La medida suspendida, dictada por el gobierno nacional, buscaba que en las facturas solamente se consignara el precio de los servicios y que no contuviera otros importes correspondientes a tasas que deben ser cobradas por los municipios, como por ejemplo, alumbrado público, barrido, etc.
Los municipios manifestaron su preocupación por cuanto agregar a las tarifas de servicios, algún ítem correspondiente a las tasas les facilita la percepción y aumenta la cobrabilidad.
La medida había generado preocupación en un contexto socio económico complejo, ya que si se cuenta con menos dinero, lo que primero se abonan son los servicios para evitar el corte y se postergan otros pagos.
A nivel judicial, este proceso recién comienza y la resolución se fundamentó en que “los fondos recaudados por aplicación de las citadas tasas son utilizados para sostener y mantener el alumbrado público, y el servicio eléctrico brindado a los distintas instituciones y edificios municipales, como así también, el costo de las inspecciones efectuadas a las redes de circulación y suministro de gas natural, cuyo mantenimiento y buen estado resulta esencial dada su peligrosidad”.
El gobierno nacional tiene tres días para evacuar el informe.











