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Proyecto de ley para reglamentar la imagen institucional de la Provincia

La diputada provincial Silvina Vaccarezza presentó un proyecto de ley para establecer el Régimen para la Comunicación Visual e Imagen Institucional de la Provincia de Buenos Aires.
La iniciativa de la legisladora bonaerense persigue establecer parámetros y pautas claras en torno a la comunicación visual de la Provincia de Buenos Aires, evitando la modificación constante de colores, símbolos y señalética identificatorios, tal como viene sucediendo en cada nueva administración.
Asimismo, el proyecto plantea la necesidad de creación de un Manual de Identidad Visual e Imagen Institucional de la Administración Pública Provincial, el cual contendrá las disposiciones establecidas en la ley.
La legisladora sostiene que “dejar el manejo de la Comunicación Institucional a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo ha llevado a sucesivas modificaciones y cambios de algo que debería ser una norma que trascienda las sucesivas administraciones. Este tipo de prácticas, además de atentar contra la construcción de una identidad bonaerense, promueven la utilización de recursos humanos y financieros que bien podrían ser destinados para atender a otras necesidades de los bonaerenses”.
A continuación, el proyecto de ley:
El proyecto de ley
Artículo 1°:
Objeto. Establézcase el régimen para la comunicación visual e imagen institucional de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°: Finalidad. La presente Ley tiene como fin establecer parámetros y pautas claras en torno a la comunicación visual de la Provincia de Buenos Aires, evitando la modificación consuetudinaria de colores, símbolos y señalética provincial por cada nueva administración bonaerense.
Artículo 3°: La Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo.
Artículo 4°: La reglamentación del presente régimen establecerá los colores y tipografía que deberá utilizar la Provincia de Buenos Aires en la elaboración de sus documentos, publicaciones, comunicaciones, piezas, plataformas, cartelería, señalética en dependencias, y toda otra forma de comunicación que emane del Poder Ejecutivo bonaerense. La misma, deberá incluir exclusivamente los colores y símbolos emanados de la Ley provincial 11.997 y de la Ley provincial 4.351.
Artículo 5°: El presente régimen entrará en plena vigencia dentro del año de su promulgación.
Artículo 6°: El Poder Ejecutivo a través de su autoridad de aplicación creará un Manual de Identidad Visual e Imagen Institucional de la Administración Pública Provincial que contendrá las disposiciones establecidas en la presente.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.