Ayer se llevaron a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de Campana, los alegatos de las partes en el Juicio por el crimen de Matías Barreto, que tiene como acusado al policía Silvio Barreto, por un hecho cometido en junio del 2013.
La jornada comenzó con la declaración de un perito forense, de apellido Rodríguez, perteneciente al Instituto Forense de Lomas de Zamora, quien estuvo a cargo de la autopsia sobre el cuerpo de Matías Barreto. En su testimonio, el profesional brindó detalles técnicos sobre las pericias realizadas. Allí, determinó que las lesiones que le causaron la muerte al joven, ingresaron por el lateral posterior derecho dañando ambos pulmones y una arteria. Esto le provocó una hemorragia aguda, con un profuso sangrado a causa de los proyectiles de plomo que se encontraron alojados.
Finalizado el testimonio del médico forense, la audiencia tuvo un cuarto intermedio de 15 minutos, en el cual el defensor oficial, Dr. Aldo Coletes, así como también el Fiscal de Juicio, José Luis Castaño, repasaron los alegatos que luego serían expuestos ante el Tribunal conformado por los jueces Daniel Rópolo, Elena Bárcenas y Miriam Dalsasso.
El primero en hacer su alocución fue el Dr. José Luis Castaño, en representación del Ministerio Publico Fiscal, quien manifestó que el hecho, se trató de un “homicidio doloso teniendo en cuenta la intencionalidad de disparar hacia una persona con un arma de alto poder, un arma de guerra de las más potentes que hay, cargada con munición de plomo y disparada a poca distancia”. Según describió en su relato el Fiscal, al llegar al lugar del hecho, tras un alerta por un llamado de un vecino, Silvio Barreto bajó del móvil policial cuando aun se encontraba en marcha, empuñó la escopeta marca Escort 12/70, y efectuó un disparo hacia Matías Barreto, quien se encontraba de espaldas, ya que escapaba de la escena, ocasionándole, pocos minutos después, la muerte.
En este sentido, Castaño citó diferentes tratados internacionales que reglamentan el accionar policial, explicando que los efectivos “no emplearán armas de fuego salvo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave”. Del mismo modo, exhibió ante el Tribunal, un material fotográfico que deja en evidencia que el lugar donde ocurrió el hecho, se trataba de una “construcción abandonada, casi en ruinas, sin techo, sin aberturas”.
Por otra parte, refirió: “A Silvio Barreto le resultó indiferente la utilización de un arma de fuego hacia una persona. Sabe por experiencia que las balas de goma también tienen un poder lesivo importante; no le tiró con una birome, le tiró una itaka a corta distancia, no puede ser que no supiera que podía matarlo. Está clara la intencionalidad homicida de Barreto, el patrullero llegó sin luces, y él bajó de forma abusiva, descontrolada y, sin dar voz de alto, sin ningún riesgo le causó la muerte, trabajando como policía, con el arma que le damos para que nos cuide. Porque un chico que está en la calle prendiendo un fuego y aún, aunque hubiese cometido un delito menor, merecía que la policía trabajara adecuadamente como lo marca la normativa y el sentido común. Era un lugar oscuro, no había pasado nada, y frente a la nada, hoy tenemos una muerte”.
En la misma línea, citó testimonios de diferentes efectivos policiales que prestaron declaración en el debate, y manifestó que “fue el mismo Barreto el que cargó el arma, le pidió municiones a Gutiérrez”, y agregó que “teniendo en cuenta que cada persona verifica el arma, Barreto fue quien cargó el cartucho con postas de plomo”.
Según advirtió el Fiscal de Juicio, Silvio Barreto fue condenado por una sala del Tribunal de Casación por un homicidio en grado de tentativa, causa por la cual había sido absuelto pero la sentencia fue apelada y revocada. Hasta el momento, la última condena no se encuentra firme ya que se encuentra en revisión por otra sala del Tribunal de Casación. “Una persona que ya tuvo incidentes con el arma de fuego, debe ser mucho más cuidadosa que alguien que nunca lo tuvo. Este no fue el caso, no demostró ninguna intención de no querer hacer eso”.
Tras la exposición, el Dr. José Luis Castaño pidió la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas para Silvio Barreto, por ser autor material en la causa caratulada como “Homicidio agravado por haber sido cometido en abuso de sus funciones como miembro de la policía de la Provincia de Buenos Aires”.
Por su parte, el defensor oficial, Dr. Aldo Coletes, manifestó que “las pruebas dejaron por sentado que fue Silvio Barreto el autor del disparo”, pero aseguró que se trató de una acción “intimidatoria” en dirección hacia el piso.
Del mismo modo, el letrado explicó que “las lesiones se hallaron en la región posterolateral derecha del tórax, de atrás hacia adelante, de derecha a izquierda y de abajo hacia arriba”, y que los perdigones extraídos del cuerpo de Matías Barreto en las pericias, presentaban “una deformación morfológica, porque chocaron contra un plano duro antes de ingresar en el cuerpo de Matías”.
A diferencia de lo establecido por el Representante del Ministerio Publico Fiscal, Coletes sostuvo que el arma utilizada había sido cargada por el compañero de Barreto, David Gutiérrez (quien manifestó lo contrario).
“Gutiérrez mintió deliberadamente a fin de mejorar su situación, aunque no estaba procesado y tampoco era investigado. Los cartuchos pertenecían a Gutiérrez y no a Barreto, que tenía ocho cartuchos en total, por eso debemos interpretar que por lo menos uno de los cartuchos tenía postas de plomo. Mi defendido jamás pudo advertirlo, y eso no transforma su accionar en un delito doloso, jamás obró abusando de sus funciones ni salió disparando de forma descontrolada. Efectuó un disparo al piso, con este lamentable resultado”, expuso el letrado defensor.
En la misma línea, prosiguió: “Nos hallamos frente a un delito culposo. No hay ningún elemento que determinara que Barreto pusiera un cartucho no reglamentario dentro del arma. Gutiérrez debe ser investigado por la posible comisión de un delito de acción pública, por lo menos, por violación a los deberes de funcionario público”.
Finalmente, en su alocución, el Dr. Aldo Coletes solicitó que el acusado sea condenado en los términos del Artículo 84 del Código Penal, por la comisión de un Homicidio Culposo.
La próxima audiencia, será el lunes 14 de diciembre a las 11 horas, cuando el acusado, que hasta el momento no estuvo presente en el Tribunal, tendrá la posibilidad de dar su última palabra.
Hacia el fin de la jornada, allegados a la víctima presentes en la sala, protagonizaron una serie de entredichos con el abogado defensor, por lo cual, en caso de no evidenciar un cambio de actitud, desde el Tribunal manifestaron que determinarán que las audiencias restantes sean a puertas cerradas, a fin de evitar desmanes y disturbios.











